Definición: qué son los fondos de inversión alternativos (FIA)
Los fondos de inversión alternativos (FIA) son vehículos que agrupan capital de varios inversores para invertirlo en activos o estrategias no tradicionales. Pueden buscar un mayor potencial de rentabilidad y una menor correlación con los mercados cotizados, sin que ninguno de esos dos resultados esté garantizado, a cambio de menor liquidez, mayor complejidad y comisiones más altas.
Un FIA es un organismo de inversión colectiva que capta capital de una serie de inversores para invertirlo, con arreglo a una política de inversión definida, en beneficio de esos inversores. La definición comprende también sus compartimentos. Es el sentido amplio de la directiva europea sobre gestores de fondos de inversión alternativos, el que emplea esta página.
Ese organismo no requiere autorización como IIC armonizada, sin perjuicio de las exclusiones previstas por la propia directiva.
La CNMV usa «fondos de inversión alternativa» como sinónimo de fondos de inversión libre, es decir, de hedge funds, que aquí son solo una de las familias tratadas. La precisión importa al lector español.
La mayoría de los fondos privados cerrados no cotizan en bolsa y no admiten compraventa intradía. La categoría comprende también estructuras abiertas, semilíquidas o cotizadas, capaces de ofrecer liquidez de mercado o ventanas periódicas de reembolso.
En España, la transposición principal de esa directiva creó dos categorías propias: las entidades de capital-riesgo (ECR) y las entidades de inversión colectiva de tipo cerrado (EICC). El texto consolidado de esa ley no emplea en ningún momento la sigla FIA.
Los hedge funds españoles siguen otra vía regulatoria, la de las IIC de inversión libre, al amparo de la ley de instituciones de inversión colectiva y de su reglamento de desarrollo.
Características principales de los fondos de inversión alternativos
| Característica | Qué significa en la práctica |
|---|---|
| Exposición | Mercados privados o estrategias de negociación complejas, fuera de los índices cotizados |
| Perfil de liquidez | Principalmente ilíquido: los fondos cerrados suelen tener plazos de 10 a 12 años, mientras que algunas estructuras cotizadas o semilíquidas ofrecen liquidez periódica |
| Transparencia | Menor que en los mercados cotizados: las valoraciones se apoyan en modelos (inputs de nivel 3) y no en precios observables de mercado |
| Formas jurídicas habituales | Limited partnership, vehículo societario, fondo contractual |
| Base inversora | Inversores institucionales y profesionales o acreditados |
| Modelo de comisiones | Comisión de gestión más participación en beneficios: las condiciones varían según la estrategia y el segmento de mercado |
Qué significa «inversión alternativa» en la práctica
El término «alternativos» cambia de contenido según el contexto en el que se emplee.
| Término | Contexto | Qué significa |
|---|---|---|
| Alternativos | Categoría de mercado global | Etiqueta amplia para las inversiones ajenas a las inversiones tradicionales |
| Fondo de inversión alternativo (FIA) | Concepto regulatorio de la UE | Organismo de inversión colectiva que capta capital de una serie de inversores para invertirlo conforme a una política de inversión definida en beneficio de esos inversores, y que no requiere autorización como IIC armonizada (UCITS), con las exclusiones previstas por la directiva |
| Private fund | Concepto regulatorio de Estados Unidos | Vehículo de inversión colectiva que se apoya en exenciones de la Investment Company Act de 1940 |
| Capital privado | Mercado español | Término paraguas que emplea SpainCap para el conjunto de venture capital y private equity |
| ECR y EICC | Derecho español | Las dos categorías de vehículos de tipo cerrado supervisadas por la CNMV |
En esta página, «fondo de inversión alternativo» funciona como término paraguas para los vehículos de mercados privados en todo el mundo. La sigla FIA queda reservada a la categoría jurídica más estrecha de la directiva cuando el texto trata la regulación europea.
Por qué los inversores utilizan fondos de inversión alternativos
Los inversores asignan capital a fondos alternativos para buscar una prima de iliquidez y una fuente de rentabilidad distinta de la de los mercados cotizados, y para acceder a resultados de cartera que esos mercados no ofrecen.
Para la mayoría de los inversores institucionales, los alternativos forman un compartimento propio dentro de la asignación global de activos. Las horquillas que se citan habitualmente, entre el 10 % y el 30 % de la exposición total, son órdenes de magnitud del mercado internacional y varían con el mandato, las necesidades de liquidez y la tolerancia al riesgo.
| Objetivo del inversor | Cómo lo abordan los alternativos | Contrapartidas | Ejemplos ilustrativos |
|---|---|---|---|
| Diversificación de la cartera | Pueden aportar diversificación por su menor correlación con las inversiones tradicionales, sin que una baja correlación esté garantizada | Riesgo de selección de gestora, menor transparencia | Hedge funds, activos reales, parte del private equity y estrategias de crédito |
| Generación de rentas | Acceso a flujos de caja operativos no disponibles en los mercados cotizados | Iliquidez, riesgo de covenants y de análisis crediticio | Deuda privada, inmobiliario core, deuda de infraestructuras |
| Protección frente a la inflación | Exposición a activos reales tangibles o a ingresos vinculados a la inflación, que puede ofrecer cierta protección según el activo | Periodos de bloqueo largos, salida anticipada limitada | Infraestructuras, suelo agrícola, suelo forestal (timberland) |
| Mejora de la rentabilidad | Búsqueda de una prima de iliquidez en mercados privados menos eficientes | Capital comprometido durante 10 a 12 años o más | Private equity, venture capital, growth equity |
| Generación de alfa y creación activa de valor | Mejor originación, estructuración y gobernanza | Alta dispersión entre gestoras, riesgo de persona clave | Buyouts, venture capital especializado, hedge funds activistas |
Diferencia entre clase de activo, estrategia, vehículo y envoltorio regulatorio
Las cuatro capas responden a preguntas distintas: en qué se invierte, cómo se crea valor, dentro de qué entidad y bajo qué normas.
| Componente | Qué significa | Ejemplos |
|---|---|---|
| Clase de activo | El «qué»: categorías amplias de activos no tradicionales | Private equity, deuda privada, inmobiliario, infraestructuras |
| Estrategia | El mandato o plan de negocio con el que la gestora crea valor | Buyout, growth equity, crédito distressed, long/short equity, inmobiliario value-add |
| Vehículo o estructura | El contenedor jurídico constituido conforme a la ley local para agrupar capital y mantener los activos | Delaware LLC, SCSp luxemburguesa, LP de Caimán, SICAV, y en España FCR, SCR, FICC o SICC |
| Envoltorio o régimen | La etiqueta regulatoria o el conjunto de normas aplicable al producto o a la gestora | Régimen de la directiva europea de gestores de fondos alternativos, FILPE (ELTIF) en la UE, private fund en Estados Unidos |
Cuáles son las principales clases de activos alternativos
Cada clase de activo define en qué invierte el fondo, y con ello su motor de rentabilidad, su perfil de riesgo y su restricción de liquidez.
| Clase de activo | Objetivo principal | Motor de rentabilidad | Plazo habitual del fondo |
|---|---|---|---|
| Private equity | Alfa y sobrerrentabilidad | Mejora operativa, crecimiento de ingresos y expansión de múltiplo | 10 a 12 años |
| Deuda privada | Rentas y cupón | Ingreso por intereses, comisiones de originación, covenants y garantías | 5 a 8 años |
| Inmobiliario | Rentas más crecimiento | Rentabilidad por alquiler, reposicionamiento y promoción | 7 a 10 años |
| Infraestructuras | Diversificación y cierta protección frente a la inflación | Flujos regulados o contratados, indexación a la inflación | 10 a 20 años |
| Hedge funds | Retorno absoluto | Alfa mediante apalancamiento, posiciones cortas y derivados | Abierto, con liquidez periódica |
| Otros activos reales | Protección frente a la inflación | Apreciación del suelo, precios de las materias primas, rentas de arrendamientos a largo plazo | 7 a 12 años |
Private equity
El private equity consiste en adquirir participaciones en el capital de empresas no cotizadas para incrementar su valor antes de venderlas con plusvalía. Es el mayor segmento de los mercados privados, con unos activos bajo gestión globales de unos 8,2 billones de dólares a mediados de 2023, según McKinsey.
En España, esta actividad se ejerce a través de entidades de capital-riesgo (ECR), cuyo objeto principal es la toma de participaciones temporales en el capital de empresas no inmobiliarias ni financieras que no coticen.
Las principales estrategias son las siguientes:
- Buyout: adquisición de participaciones de control en empresas consolidadas, con frecuencia mediante apalancamiento para elevar la rentabilidad del capital.
- Growth equity: capital minoritario para empresas maduras que necesitan financiar expansión geográfica, desarrollo de producto o escalado operativo.
- Venture capital: financiación de startups en fases tempranas, de riesgo elevado, con modelos de negocio aún sin validar y un potencial de crecimiento significativo.
- Situaciones especiales y reestructuraciones: inversión en empresas en dificultades severas, en proceso de reestructuración o ante un cambio estratégico de calado.
Deuda privada
La deuda privada agrupa la financiación directa que prestamistas no bancarios conceden a empresas, normalmente con rendimientos superiores a cambio de iliquidez. Esta clase de activo creció con fuerza tras la crisis financiera global de 2008, cuando una regulación bancaria más estricta abrió un hueco estructural en el crédito corporativo.
Las rentabilidades son contractuales: quedan acotadas por las condiciones del préstamo y protegidas por los covenants, las garantías y la prelación en la estructura de capital.
España cuenta desde 2022 con una categoría legal propia para esta actividad, la EICC de préstamos (EICCP), introducida por la reforma de ese año. Su objeto principal es la inversión en facturas, préstamos, crédito y efectos comerciales de uso habitual en el tráfico mercantil.
- Direct lending: préstamos bilaterales a empresas del mid-market, muchas veces para apoyar buyouts respaldados por private equity.
- Mezzanine: deuda subordinada situada entre la deuda senior y el capital en la estructura de financiación, con frecuencia acompañada de equity kickers que compensan el mayor riesgo.
- Deuda distressed: compra con descuento de la deuda de empresas próximas a la insolvencia, a menudo con la intención de convertirla en capital.
- Financiación respaldada por activos: préstamos garantizados sobre carteras concretas de activos, como facturas pendientes, existencias, equipamiento o garantías inmobiliarias.
- Financiación especializada: estrategias de nicho como el trade finance, la financiación de litigios o el arrendamiento de activos, cada una con exigencias de análisis propias.
- Venture debt: préstamos específicos para empresas respaldadas por venture capital que han cerrado varias rondas de capital y todavía no generan flujo de caja positivo.
Inmobiliario
Los fondos inmobiliarios invierten en activos físicos y obtienen rentabilidad por rentas de alquiler y por apreciación del capital, con perfiles de riesgo y rentabilidad que varían según la estrategia:
- Core: activos estabilizados de alta calidad en grandes centros urbanos, con contratos de arrendamiento a largo plazo e inquilinos solventes.
- Core-plus: activos de calidad con un potencial moderado de mejora mediante gestión activa o un reposicionamiento menor.
- Value-add: activos con problemas operativos, como desocupación elevada o mantenimiento diferido, donde la rentabilidad se genera reposicionando el inmueble hacia un nivel de calidad superior.
- Oportunista: promoción desde cero, adquisición de suelo o recuperación de inmuebles en dificultades severas. Es el perfil de mayor riesgo y mayor potencial.
El acceso puede producirse por la vía del capital (propiedad directa del inmueble) o por la de la deuda inmobiliaria (hipotecas senior o préstamos mezzanine, con rentabilidad contractual y protección por prelación).
El apalancamiento financia con frecuencia una parte sustancial del coste de adquisición, en una horquilla indicativa del 50 % al 80 % que varía según la estrategia, el activo y las condiciones de mercado, lo que amplifica tanto las ganancias como las pérdidas.
Infraestructuras
Los fondos de infraestructuras invierten en los sistemas físicos que sostienen la actividad económica (energía, transporte, servicios públicos, infraestructura digital, equipamientos sociales) y generan flujos de caja predecibles de larga duración.
- Activos regulados: la rentabilidad la fijan organismos públicos o reguladores, lo que produce ingresos estables y poco cíclicos. Son ejemplos las empresas de agua y las redes eléctricas.
- Activos contratados: los ingresos quedan asegurados mediante acuerdos a largo plazo, como los contratos de precio fijo a 20 años habituales en energías renovables.
- Exposición merchant: la rentabilidad depende de los precios de mercado o de los volúmenes de uso, como en las autopistas de peaje o las plantas de generación merchant, con mayor sensibilidad al ciclo económico.
La obra nueva (greenfield) conlleva mayor riesgo de desarrollo y mayor potencial de rentabilidad. Los activos ya operativos (brownfield) ofrecen menos riesgo y flujos más previsibles.
Estrategias de hedge funds y retorno absoluto
Los hedge funds son vehículos de inversión privados que operan principalmente con valores cotizados, con mandatos más flexibles que los de un fondo tradicional, que admiten la venta en corto y el apalancamiento, para generar retorno absoluto. Los define su forma de invertir, más que el activo en el que invierten.
En España la categoría legal es la IIC de inversión libre, que adopta la forma de fondo de inversión libre (FIL) o de sociedad de inversión libre (SIL). La ley reserva esas denominaciones a las entidades autorizadas, constituidas y registradas conforme a ella.
Su reglamento de desarrollo exige un mínimo de 25 accionistas o partícipes y un valor liquidativo calculado, como regla general, al menos trimestralmente; cuando lo exijan las inversiones previstas, la periodicidad puede ampliarse hasta un máximo semestral.
Cada fecha de cálculo del valor liquidativo no equivale a una ventana de reembolso: el régimen de suscripciones y reembolsos lo fija el folleto de cada IIC.
- Long/short equity: combinación de posiciones largas en acciones infravaloradas con posiciones cortas en acciones sobrevaloradas, para obtener rentabilidad del diferencial reduciendo la exposición neta al mercado.
- Global macro: aprovechamiento de grandes tendencias políticas o económicas en todas las clases de activos principales, divisas y materias primas incluidas.
- Event-driven: explotación de las discrepancias de precio que provocan operaciones corporativas como fusiones, reestructuraciones o intervenciones activistas.
- Valor relativo y arbitraje: identificación de ineficiencias de precio entre instrumentos financieros relacionados, en arbitraje de renta fija, de convertibles o de volatilidad.
- Managed futures y CTA: estrategias sistemáticas que operan futuros sobre varias clases de activos, habitualmente siguiendo señales de momento de precio.
Otros activos reales
Más allá del inmobiliario y de las infraestructuras, otros activos reales dan exposición directa a recursos físicos y materias primas, aportan valor intrínseco y pueden ofrecer cierta protección frente a la inflación, según el activo y el periodo considerado.
El suelo agrícola comprende terrenos cultivados para producción agraria, con una rentabilidad que proviene de la apreciación del terreno y de la venta de lo producido.
El suelo forestal (timberland) ofrece características similares a través de la gestión forestal destinada a la producción de madera.
Las materias primas (energía, metales y productos agrícolas) no generan rentas: la rentabilidad viene de la apreciación del precio, y el acceso se produce habitualmente por propiedad física, acciones de empresas de recursos o contratos de futuros.
Activos digitales y estrategias emergentes
Un organismo de inversión colectiva que agrupe capital de inversores en activos digitales, criptomonedas y activos tokenizados registrados en tecnología de registro distribuido (DLT) incluidos, puede calificar como FIA a efectos de la directiva europea.
Cuando lo hace, la gestora debe implantar soluciones especializadas de custodia digital para proteger las claves privadas, además de abordar las metodologías de valoración, la elegibilidad de los inversores y las restricciones regulatorias locales.
Qué es un fondo alternativo de impacto o con criterios ESG
Es un fondo de inversión alternativo que integra factores ambientales, sociales y de gobernanza (ESG) en su estrategia de inversión, para gestionar riesgos y generar beneficios sociales o económicos medibles junto con la rentabilidad financiera.
Los enfoques habituales incluyen el cribado, la integración, la inversión temática y la medición de impacto.
En la UE, el Reglamento de divulgación de finanzas sostenibles (SFDR) fija requisitos de transparencia e información sobre objetivos y características de sostenibilidad para las entidades y los productos incluidos en su ámbito de aplicación.
Se trata de un marco de transparencia, no de una etiqueta ESG ni de una certificación, y un fondo con criterios ESG puede ser tanto una IIC armonizada (UCITS) como un FIA.
Cuáles son los tipos más habituales de fondos de inversión alternativos
Las grandes categorías se diferencian por cómo se despliega el capital, quién gestiona los activos subyacentes y qué estructura de comisiones se aplica.
| Tipo de fondo | Foco de inversión | Ventaja principal | Estructura de comisiones | Estructura habitual |
|---|---|---|---|---|
| Fondo primario | Compromiso de capital en un fondo de nueva creación | Relación directa con el GP y exposición completa a la estrategia | Comisión de gestión y participación en beneficios | LP cerrado |
| Fondo de fondos | Un fondo que invierte en múltiples fondos primarios subyacentes | Diversificación elevada y requisitos de entrada más bajos | Doble capa de comisiones: las del fondo de fondos se suman a las de los fondos subyacentes | LP cerrado o abierto |
| Fondo secundario | Participaciones de LP existentes o vehículos de continuación liderados por el GP, con descuento sobre el valor liquidativo | Diversificación, curva J más corta, menor riesgo de blind pool | Comisiones del GP de secundarios | LP cerrado |
| Coinversión | Participación directa en activos concretos junto al fondo principal | Menores comisiones y exposición más concentrada | Habitualmente sin comisión ni carry, y en ocasiones un carry reducido del 5 % al 10 % para el líder | SPV*, directa o club deal, según la estructura de gobernanza |
*SPV significa Special Purpose Vehicle o vehículo de propósito especial. Puede obtener más información en nuestra guía.
Fondos secundarios y soluciones de liquidez
Los fondos secundarios compran participaciones existentes en fondos alternativos a inversores que necesitan liquidez antes del vencimiento del fondo, a un precio negociado.
- Secundarios liderados por el LP: un LP vende su participación en el mercado secundario para atender necesidades de liquidez, corregir el efecto denominador o gestionar la concentración de su cartera.
- Secundarios liderados por el GP (vehículos de continuación): la gestora traspasa activos de un fondo antiguo a un vehículo nuevo, y ofrece a los LP existentes la opción entre liquidez inmediata o exposición continuada en condiciones nuevas.
Diferencia entre la gestora, el sponsor y el fondo
El fondo es el vehículo de inversión que mantiene los activos, emite participaciones (acciones, unidades o participaciones de socio) a los inversores y contrata con los proveedores de servicios.
La gestora (el AIFM en la UE) es la persona jurídica responsable de la gestión de cartera, la gestión de riesgos y el cumplimiento normativo, habitualmente una entidad de gestión de activos autorizada o registrada.
El sponsor del fondo origina la estrategia, lidera la captación de capital e impulsa la ejecución.
En muchos casos el sponsor y el AIFM son la misma entidad, con una gestora plenamente autorizada que opera su propio fondo.
Cómo se regulan en Europa las gestoras de fondos de inversión alternativos
La directiva sobre los gestores de fondos de inversión alternativos (GFIA) es la norma europea principal para las gestoras incluidas en su ámbito de aplicación que gestionan o comercializan fondos no UCITS en la UE, con las exclusiones y los regímenes aligerados que ella misma prevé.
Se centra en las gestoras e introduce un pasaporte de comercialización que permite distribuir a inversores profesionales en toda la Unión.
En España, la CNMV autoriza y supervisa dos tipos de gestora: las SGEIC, sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado, y las SGIIC, que gestionan instituciones de inversión colectiva.
Desde la reforma de 2022, una SGEIC puede constituirse como sociedad de responsabilidad limitada y no solo como sociedad anónima, lo que rebaja el coste de entrada de una gestora emergente española.
Régimen completo y régimen proporcionado por debajo de los umbrales
Una gestora puede ser externa (una persona jurídica distinta designada para gestionar el fondo) o interna (cuando el propio fondo se autogestiona). Las gestoras externas son el modelo dominante en la práctica.
| Régimen completo de la directiva | Régimen proporcionado por debajo de los umbrales | |
|---|---|---|
| Umbral de activos bajo gestión | Más de 100 millones de euros en total, incluidos los activos adquiridos mediante apalancamiento, o más de 500 millones cuando las carteras estén formadas por FIA no apalancados y sin derechos de reembolso ejercitables durante los cinco años siguientes a la inversión inicial en cada FIA | Por debajo de esos umbrales |
| Pasaporte de comercialización de la UE | Sí, distribución en todo el EEE a inversores profesionales | No, salvo adhesión voluntaria al régimen completo |
| Obligaciones de cumplimiento | Régimen completo de la directiva: gestión de riesgos, cumplimiento, reporting y depositario | Obligaciones aligeradas, con las exigencias de registro, información y reporting que fije cada Estado miembro |
| Uso habitual | Gestoras consolidadas, distribución transfronteriza en la UE | Gestoras emergentes, captación doméstica |
La calificación de una estructura como FIA se analiza desde su constitución. Si lo es, su gestora queda dentro del perímetro regulatorio desde el origen; los umbrales de 100 y 500 millones determinan el régimen aplicable a esa gestora, no la calificación del vehículo.
En España el vocabulario del régimen aligerado no es el de una gestora «registrada»: toda SGEIC está autorizada por la CNMV. Lo que cambia por debajo de los umbrales es la intensidad de las obligaciones, mediante el régimen proporcionado que prevé la ley, que no da acceso al pasaporte salvo que la gestora se acoja voluntariamente al régimen completo.
Qué es un gestor EuVECA
EuVECA es una etiqueta europea para fondos de venture capital cualificados, que las gestoras por debajo de umbral pueden usar bajo un régimen más ligero sin que su uso quede reservado a ellas.
En España esta figura aparece como FCRE, el fondo de capital riesgo europeo, que la ley española reconoce entre las entidades reguladas junto con el FESE, fondo de emprendimiento social europeo, y el FILPE, fondo de inversión a largo plazo europeo.
El reglamento europeo del FILPE quedó modificado por la revisión conocida como ELTIF 2.0 y es aplicable en su versión revisada desde el 10 de enero de 2024. Su régimen español lo introdujo la reforma de 2022. La denominación FILPE queda reservada a las instituciones inscritas en el registro correspondiente de la CNMV.
Para usar la etiqueta EuVECA, un fondo de venture capital debe cumplir dos condiciones:
- Invertir al menos el 70 % de las aportaciones de capital agregadas y del capital comprometido no desembolsado en activos de inversión elegibles.
- Comercializarse entre clientes profesionales, o que puedan ser tratados como tales a petición propia, y entre otros inversores, personas físicas o jurídicas, que se comprometan a invertir al menos 100.000 € y declaren por escrito, en un documento distinto del contrato relativo al compromiso o a la inversión, que conocen los riesgos asociados. No existe una condición de patrimonio elevado.
Qué es un AIFM de terceros
Un AIFM de terceros es una gestora externa autorizada que un sponsor designa para disponer de una plataforma regulatoria ya establecida (cumplimiento normativo, gestión de riesgos y de cartera, y reporting) sin construir una entidad propia.
| AIFM de terceros | AIFM propio | |
|---|---|---|
| Plazo de lanzamiento | Semanas o meses, con una autorización preexistente | 12 a 18 meses para una autorización nueva |
| Coste | Comisiones del AIFM | Elevado: exige equipo interno e infraestructura |
| Capital inicial y recursos propios regulatorios de la gestora | Los aporta el AIFM designado | AIFM externo: 125.000 € de capital inicial; FIA gestionado internamente: 300.000 €; recursos propios adicionales del 0,02 % sobre la parte de activos gestionados que exceda de 250 millones de euros, con los límites y excepciones aplicables |
| Control del sponsor | Variable según el modelo | Total: el sponsor es la gestora legal |
| Mejor encaje | Sponsor que lanza su primer fondo, lanzamientos rápidos | Gestoras consolidadas, plataforma a largo plazo |
Los plazos de esta tabla son valores orientativos de práctica de mercado, no plazos regulatorios.
El AIFM conserva la responsabilidad legal sobre la gestión de riesgos, la gestión de cartera y el cumplimiento normativo. La delegación en el asesor de inversiones o en el sponsor se admite solo en determinadas circunstancias, y la supervisión efectiva es obligatoria en todos los casos.
Lance sin montar su propia gestora
Roundtable puede ocupar el puesto de gestora de su vehículo y hacerse cargo del cumplimiento y de la operativa diaria. Usted conserva la estrategia y la relación con sus inversores, sin crear una entidad propia.
Cómo se clasifican y supervisan los fondos alternativos en Europa
La supervisión de un fondo alternativo europeo se lee en dos ejes independientes: el del producto, según el vehículo necesite o no una autorización previa del supervisor nacional, y el de la gestora, según quién lo gestione y bajo qué régimen. Un mismo vehículo combina una posición en cada eje, como ilustran las estructuras luxemburguesas.
| Vehículo | Eje del producto | Eje de la gestora |
|---|---|---|
| SIF, SICAR, UCI de la Parte II | Autorización de la CSSF antes del lanzamiento | Según el caso: AIFM externo autorizado, autogestión o gestora por debajo de los umbrales |
| FILPE (ELTIF) | Autorización del producto como ELTIF | Gestionado por un AIFM autorizado |
| RAIF | Sin autorización de producto por la CSSF | Obligatoriamente un AIFM externo autorizado |
| Vehículo no regulado a nivel de producto | Sin autorización de producto | Depende de si califica como FIA y del régimen aplicable a su gestora |
Cuando falta la autorización de producto, la supervisión se ejerce de forma indirecta, a través del AIFM autorizado y de los proveedores de servicios obligatorios.
El RAIF luxemburgués en la práctica
El fondo de inversión alternativo reservado (RAIF) permite lanzar en semanas en lugar de meses, sin necesidad de aprobación directa de producto por parte de la CSSF. Opera como vehículo sin autorización a nivel de producto, con la obligación de ser gestionado por un AIFM externo autorizado y de designar un depositario.
El modelo español: la autorización recae en la gestora
En España las SGEIC están sujetas a autorización de la CNMV. La ley formula así el tratamiento de los vehículos: se mantiene la autorización para las sociedades gestoras, mientras que los fondos y sociedades de inversión de tipo cerrado cuya gestión haya sido delegada a una sociedad gestora solo serán objeto de registro.
La condición de delegación es determinante. Las SCR y las SICC autogestionadas deben obtener autorización de la CNMV; el simple registro del vehículo se reserva al caso en que su gestión está delegada en una gestora.
El resultado es un modelo de supervisión indirecta en su principio, sin que exista en el derecho español un régimen equivalente al RAIF luxemburgués.
La ley enumera, entre otros, los registros públicos que mantiene la CNMV: sociedades gestoras de entidades de inversión de tipo cerrado, sociedades de capital-riesgo, fondos de capital-riesgo, sociedades de inversión colectiva de tipo cerrado y fondos de inversión colectiva de tipo cerrado, a los que se suman los registros de FCRE, FESE y FILPE.
Las denominaciones y sus abreviaturas quedan reservadas a las entidades autorizadas o inscritas al amparo de esa ley, y ninguno de esos registros se denomina «registro de FIA». La consulta es pública en el portal de entidades registradas de capital riesgo de la CNMV.
Quién puede invertir en fondos de inversión alternativos europeos
El acceso depende a la vez del tipo de fondo y de la clasificación del inversor.
Inversores profesionales
Los inversores profesionales son el público objetivo por defecto de la mayoría de los FIA, con fondos de pensiones y aseguradoras entre las categorías profesionales de pleno derecho.
Las fundaciones, los endowments, los family offices y las personas físicas con patrimonios elevados no son profesionales de forma automática: acceden a esa categoría cuando encajan en una de las categorías previstas o cuando obtienen el tratamiento como cliente profesional a petición propia, previa evaluación.
Inversores bien informados
El inversor bien informado es una categoría luxemburguesa empleada para estructuras como el SIF, que comprende de entrada a los inversores institucionales y profesionales.
Los demás inversores deben confirmar por escrito su adhesión a ese estatuto y, además, cumplir alternativamente una de dos condiciones: invertir al menos 100.000 €, importe fijado por la ley luxemburguesa de 21 de julio de 2023, u obtener de una entidad admisible una certificación de su experiencia, sus conocimientos y su capacidad para valorar adecuadamente la inversión.
Se trata de una categoría propia del derecho luxemburgués, sin equivalente en el derecho español, y no debe confundirse con la de inversor profesional.
Inversores minoristas
El acceso de los inversores minoristas es limitado.
Las vías posibles incluyen vehículos cotizados, envoltorios de fondos a largo plazo del tipo FILPE (ELTIF), cuyo acceso minorista depende de las condiciones del reglamento europeo en su versión revisada y no constituye una vía uniforme, y, en algunos mercados, otros formatos de producto regulados o estructuras abiertas sujetos a las normas locales.
El acceso de inversores no profesionales en España
Las acciones y participaciones de las ECR y de las EICC españolas se comercializan, como regla general, exclusivamente entre clientes profesionales.
Para las ECR, la ley abre dos vías hacia otros inversores, en la redacción que le dio la reforma de 2022. Basta con cumplir alguna de las dos:
- Comprometerse a invertir como mínimo 100.000 € y declarar por escrito, en un documento distinto del contrato relativo al compromiso de inversión, que se conocen los riesgos.
- Invertir atendiendo una recomendación personalizada de un intermediario que preste el servicio de asesoramiento, con una condición añadida cuando el patrimonio financiero del cliente no supera los 500.000 €: la inversión ha de ser de 10.000 € como mínimo, mantenerse, y no representar más del 10 % de ese patrimonio.
El cambio de fondo que introdujo la reforma de 2022 está en la relación entre las dos vías, que pasaron a ser alternativas con la incorporación de la segunda. La primera conserva su propio requisito acumulativo interno, porque el compromiso de 100.000 € y la declaración escrita siguen exigiéndose conjuntamente dentro de esa vía.
Además, la ley permite que inversores no profesionales suscriban o adquieran acciones o participaciones de ECR o de EICC cuando cumplan conjuntamente las dos condiciones que la comercialización ofrece por separado. Esa vía de suscripción o adquisición no se confunde con las dos alternativas de comercialización previstas para las ECR.
La ley exime de esas condiciones a los administradores, directivos y empleados de la sociedad gestora, a las ECR cotizadas y a los inversores que acrediten experiencia en la gestión o el asesoramiento de ECR similares.
La reforma de 2022 estrechó esta última vía al suprimir la palabra «inversión» de la enumeración, de modo que la experiencia adquirida como inversor ya no basta por sí sola.
Una obligación añadida por la ley de los mercados de valores exige entregar el documento de datos fundamentales de PRIIPs antes de la suscripción a los inversores no profesionales de los tres supuestos anteriores.
Las mismas cuantías rigen desde enero de 2024 para los hedge funds españoles, con un mecanismo propio: una reforma reglamentaria de 2023 trasladó los importes de 100.000 € y 10.000 € a las IIC de inversión libre (FIL y SIL). La versión aplicable a las IIC de inversión libre no recoge la exigencia de que la inversión se mantenga.
Son tres mecanismos distintos. Para las ECR, la comercialización entre otros inversores abre dos vías alternativas. Para la suscripción o adquisición por no profesionales de ECR o EICC, esas mismas dos condiciones se exigen conjuntamente. Para las IIC de inversión libre, el reglamento de las instituciones de inversión colectiva articula sus propias condiciones alternativas.
Las definiciones vigentes de cliente profesional y de cliente minorista están en la ley de los mercados de valores.
Las categorías presuntas y los criterios de la solicitud de tratamiento como cliente profesional figuran en su reglamento de desarrollo: al menos dos de las tres condiciones siguientes.
- Haber realizado operaciones de volumen significativo en el mercado o en instrumentos pertinentes o similares, con una frecuencia media de diez por trimestre durante los cuatro trimestres anteriores.
- Disponer de una cartera de instrumentos financieros, incluidos los depósitos en efectivo, superior a 500.000 €.
- Haber ocupado durante al menos un año un puesto profesional en el sector financiero que exija conocer las operaciones o los servicios previstos.
El texto consolidado de la ley de capital-riesgo sigue remitiendo en este punto a normas ya derogadas, y la referencia aplicable es la ley de los mercados de valores. Conviene tenerlo presente al leerla.
El pasaporte de comercialización de la UE
El pasaporte de comercialización permite a un AIFM autorizado comercializar su FIA domiciliado en la UE entre inversores profesionales de todo el Espacio Económico Europeo (EEE), sin recorrer los regímenes nacionales de colocación privada de cada Estado.
Los requisitos nacionales de comunicación publicitaria siguen aplicándose en cada Estado miembro, de modo que el pasaporte simplifica la distribución transfronteriza sin llegar a estandarizarla por completo.
El mecanismo se describe mejor por la notificación a la CNMV que por la palabra pasaporte, al menos en los pasajes técnicos referidos a España.
La ley lo articula según el fondo sea de la UE o de un tercer país, la gestora esté domiciliada dentro o fuera de la Unión, y la comercialización entre en España o se realice desde España hacia otro Estado, sobre la base de un escrito de notificación remitido a la CNMV.
La comercialización es la captación de clientes mediante actividad publicitaria para su aportación de fondos, bienes o derechos a una ECR o EICC. Un correo electrónico entra en ese concepto cuando forma parte de una campaña o actividad publicitaria, y no por el solo hecho de existir.
La precomercialización quedó introducida en 2021, en transposición de la norma europea sobre distribución transfronteriza.
La precomercialización se rige por tres reglas operativas.
- Solo puede dirigirse a inversores profesionales potenciales.
- La gestora no está obligada a notificar a la CNMV antes de iniciarla.
- Ha de remitir un escrito informal dentro de las dos semanas siguientes al inicio.
La suscripción por inversores profesionales, dentro de los 18 meses siguientes al inicio de la precomercialización, de acciones o participaciones de una ECR o EICC mencionada en la información facilitada, o constituida como consecuencia de esa precomercialización, se considera resultado de una comercialización.
Cómo se capta capital de forma transfronteriza dentro y fuera de la UE
La captación transfronteriza depende de dónde esté domiciliado el fondo y de dónde estén los inversores. Los pasos de cumplimiento varían, para un mismo fondo, según a qué inversores se dirija y en qué jurisdicción se encuentren.
Dentro del EEE, cuando el pasaporte no está disponible o no se utiliza, la vía son los regímenes nacionales de colocación privada (NPPR): la comercialización se autoriza Estado por Estado, conforme a las condiciones que fije cada normativa nacional. Son, por tanto, vías intra-EEE al margen del pasaporte.
Para llegar a inversores situados fuera del EEE, las vías principales son estas:
- Safe harbours locales: en Estados Unidos, la oferta del fondo se apoya habitualmente en una vía de oferta exenta como la Regulation D, el vehículo suele acogerse a las secciones 3(c)(1) o 3(c)(7) de la Investment Company Act, y el asesor evalúa por separado su registro conforme a la Investment Advisers Act.
- Regímenes locales de colocación privada en cada jurisdicción de destino, con sus propios requisitos de registro, documentación y categorización del inversor.
- Agentes colocadores e intermediarios: distribuidores con licencia local que se encargan de la aproximación a los inversores por cuenta del fondo.
La comercialización pasiva (reverse solicitation) describe el supuesto en que la iniciativa procede exclusivamente del inversor, sin actividad de comercialización ni precomercialización previa de la gestora. Su alcance se aprecia caso por caso, según los hechos y la jurisdicción de que se trate, y nunca opera como exención general.
Construir sobre esa vía una captación planificada expone a la gestora a que la actuación se recalifique como comercialización activa, con los requisitos locales que correspondan. De ahí que no funcione como estrategia de distribución.
Cómo se estructuran los fondos de inversión alternativos
Los fondos de mercados privados se estructuran predominantemente como limited partnerships, por su tratamiento como entidad transparente en muchas jurisdicciones, que depende de la calificación fiscal aplicable en cada una, y por la responsabilidad limitada de los inversores.
El General Partner (GP) gestiona el fondo y asume responsabilidad ilimitada. Cuando se designa una gestora externa, esta asume responsabilidades regulatorias propias y no la responsabilidad ilimitada del GP.
Los Limited Partners (LP) aportan capital y responden solo hasta el importe comprometido.
| Forma jurídica | Uso habitual | Características clave |
|---|---|---|
| Limited partnership | Private equity, crédito, activos reales | Tratamiento como entidad transparente según la jurisdicción, separación de responsabilidad entre GP y LP |
| Sociedad de inversión abierta (SICAV, SIL) | IIC abiertas y determinados productos accesibles a minoristas | Régimen de suscripción y reembolso de acciones al valor liquidativo |
| Sociedad de inversión de tipo cerrado (SCR, SICC) | Capital riesgo y otras estrategias cerradas | Capital cerrado, sin derecho general de reembolso periódico: la salida pasa por la transmisión, las distribuciones, las operaciones de capital o la liquidación |
| Fondo contractual o unit trust (FCR, FICC) | Determinadas jurisdicciones europeas | Sin personalidad jurídica propia: los inversores mantienen participaciones directas |
En Estados Unidos, los private funds se estructuran habitualmente como LP o LLC de Delaware y se apoyan en excepciones de la Investment Company Act en lugar de quedar regulados por ella.
En Europa, la SCSp luxemburguesa se ha convertido en el vehículo de partnership dominante para los fondos de inversión alternativos, al combinar su tratamiento como entidad transparente en Luxemburgo con unos términos económicos flexibles entre GP y LP.
Las formas españolas: ECR, EICC y EICCP
El derecho español ofrece dos familias de vehículos cerrados, cada una con una forma contractual y una forma societaria.
La entidad de capital-riesgo (ECR) puede constituirse como fondo de capital riesgo (FCR), patrimonio separado sin personalidad jurídica gestionado y representado por una sociedad gestora, con un patrimonio mínimo de 1.650.000 €, o bien como sociedad de capital riesgo (SCR), sociedad anónima con un capital mínimo de 1.200.000 €, que baja a 900.000 € en la variante ECR-Pyme.
La reforma de 2022 redujo del 50 % al 25 % el desembolso inicial exigido sobre el capital suscrito, y elevó de 250 a 499 empleados el techo de las empresas elegibles para el régimen Pyme.
La entidad de inversión colectiva de tipo cerrado (EICC) adopta la forma de fondo (FICC) o de sociedad (SICC), y la ley las dispensa de esos mínimos de capital. También traza la frontera de forma expresa, al excluir del concepto de EICC tanto a las ECR como a las entidades autorizadas como instituciones de inversión colectiva.
La EICC de préstamos (EICCP) es la variante de deuda creada en 2022, para la inversión en facturas, préstamos, crédito y efectos comerciales.
La SCSp luxemburguesa se emplea con frecuencia en estructuras transfronterizas cuando la base inversora es internacional. Las formas españolas (FCR, SCR, FICC, SICC) se utilizan habitualmente cuando los inversores son mayoritariamente españoles, sin que ninguna de las dos opciones venga impuesta por la composición de la base inversora.
El limited partnership anglosajón no tiene equivalente en el derecho español. La sociedad comanditaria admite una equivalencia nocional (socio colectivo próximo al GP, socio comanditario próximo al LP), sin ser el vehículo de mercado de los fondos.
Estructuras máster-feeder, fondos paralelos y entidades interpuestas
Las estructuras máster-feeder agrupan distintos colectivos de inversores, por ejemplo estadounidenses sujetos a tributación y no estadounidenses, en una única estrategia a través de un fondo principal (máster), al que canalizan capital los fondos subordinados (feeder).
Las estructuras de fondos paralelos crean vehículos separados que coinvierten junto al fondo principal a prorrata y en condiciones pari passu. Se utilizan cuando determinados inversores, como los fondos soberanos, requieren un domicilio distinto o condiciones jurídicas específicas.
Las entidades interpuestas (blockers) son sociedades holding intermedias que se insertan para gestionar la exposición fiscal, la elegibilidad regulatoria o las cuestiones de UBTI de los inversores exentos de tributación. Añaden coste y resuelven restricciones estructurales que no pueden abordarse en el nivel del fondo.
Diferencia entre fondos cerrados, abiertos y evergreen
La mayoría de los fondos de inversión alternativos operan como fondos cerrados, si bien los fondos evergreen (abiertos o semilíquidos, según su régimen de liquidez) han ganado interés en los últimos años.
| Estructura | Mecanismo de capital | Liquidez del inversor | Mejor encaje |
|---|---|---|---|
| Cerrado | Compromisos de capital y llamadas de capital | Ninguna hasta la desinversión o la liquidación, con distribuciones intermedias cuando se producen salidas | Fondos de private equity, de venture capital, de infraestructuras |
| Abierto | Suscripciones y reembolsos al valor liquidativo | Liquidez periódica | Hedge funds, inmobiliario core, infraestructuras core, parte de la deuda privada |
| Evergreen | Captación continua | Periódica y limitada | Deuda privada, activos reales |
| De intervalo o tender offer | Ventanas periódicas con límites | Periódica limitada | Acceso semilíquido a mercados privados |
El atractivo práctico del modelo evergreen está en que puede reducir para los LP el riesgo y la carga de reinvertir periódicamente en nuevas añadas, y atenúa la dependencia de una única añada (vintage), que puede pesar mucho en la rentabilidad de un fondo cerrado según el momento del ciclo en que despliega su capital.
No elimina el riesgo de despliegue ni de reinversión dentro del vehículo, ni el riesgo de valoración, y la liquidez sigue sujeta a los límites de reembolso y a las condiciones de la documentación del fondo.
Qué son los SPV, los sindicatos y los clubes de inversión
Los SPV, los sindicatos y los clubes de inversión son alternativas a una estructura de fondo completa, pensadas para invertir operación por operación en lugar de mandatos blind pool de varios años. Ofrecen un control más granular y comisiones agregadas a menudo más bajas, con menos escala y menos repetibilidad que un fondo.
Qué es un vehículo de propósito especial (SPV)
Un vehículo de propósito especial (SPV) es una entidad jurídica de propósito único creada para mantener una sola inversión, y se utiliza para sindicar operaciones, para coinvertir o por eficiencia estructural, como en el caso de las entidades interpuestas.
Qué es un sindicato
Un sindicato es una estructura de coinversión operación por operación, formalizada mediante un SPV específico para cada transacción.
El inversor líder suele realizar la due diligence y percibir una parte de los beneficios (carry) de los demás participantes en contraprestación por originar la operación.
Qué es un club de inversión
Un club de inversión es una red de inversores que se coordina en torno a un flujo de operaciones y una due diligence compartidos, y cuyos miembros conservan el derecho a entrar individualmente en cada inversión concreta.
En qué se diferencian un fondo y un SPV
| Fondo | SPV o sindicato | |
|---|---|---|
| Selección de activos | La gestora tiene plena discrecionalidad a lo largo del tiempo | El inversor participa en un activo concreto y conocido |
| Compromiso | Bloqueado durante varios años | Solo durante la vida del activo concreto |
| Gobernanza | La selección de operaciones y la gestión de activos se delegan en el AIFM o en la gestora | Los derechos de decisión los fija la documentación del vehículo: pueden reservarse al líder del sindicato o repartirse entre los inversores |
| Infraestructura regulatoria | Gestora dentro del perímetro de la directiva, y potencialmente depositario | Si no califica como FIA, queda fuera del régimen de producto y de gestora de la AIFMD, sin perjuicio de las demás normas aplicables |
| Estructura de comisiones | Comisión de gestión, participación en beneficios y gastos del fondo | Comisiones más bajas o carry solo por operación |
La elección de estructura depende de la frecuencia de las operaciones, la gobernanza deseada y las expectativas de los inversores.
La cuestión regulatoria se plantea antes que los umbrales: procede analizar desde la constitución si el vehículo califica como FIA, porque de esa calificación depende que su gestora quede dentro del perímetro de la directiva. Los umbrales de la directiva determinan después el régimen aplicable a esa gestora.
¿Fondo o vehículo por operación?
La respuesta depende de cuántas operaciones prevé cerrar y de lo que esperen sus inversores, no de una plantilla. El equipo de Roundtable monta ambas figuras a diario y puede contrastar su caso antes de que fije la estructura.
Cómo funciona el ciclo de vida de un fondo alternativo
La mayoría de los fondos alternativos cerrados siguen el mismo ciclo: captación, despliegue, desinversión y liquidación. El calendario de cada fase determina cuándo pagan comisiones los inversores, cuándo reciben distribuciones y cómo queda su rentabilidad neta real.
| Fase | Duración habitual | Actividades clave | Mecánica clave |
|---|---|---|---|
| Captación de capital | 12 a 18 meses | Primer cierre, cierres sucesivos, cierre final | Compromisos de capital formalizados |
| Periodo de inversión | 3 a 5 años | Originación, due diligence, aprobación del comité de inversiones, despliegue | Llamadas de capital y desembolsos |
| Desinversión | 4 a 6 años | Creación de valor, salidas, distribuciones | Retorno de importes a los LP |
| Liquidación | 1 a 2 años | Venta de los activos residuales, pago de los pasivos, cuentas finales, distribuciones y cancelación registral | Disolución del fondo, que abre la liquidación |
Las duraciones de esta tabla son valores orientativos de práctica de mercado, no plazos regulatorios.
Cómo funciona la captación de capital
La captación puede arrancar con una precomercialización, fase facultativa durante la cual la gestora contrasta el apetito de los inversores, ajusta las condiciones del fondo y construye una cartera de LP potenciales. En esa fase no se recogen compromisos firmes y la estructura todavía puede evolucionar.
La comercialización solo empieza después de completar los pasos previos que exija el régimen aplicable: constitución, inscripción o autorización según el vehículo, notificaciones al supervisor y documentación de oferta disponible.
El primer cierre da entrada a los socios iniciales y permite empezar a invertir.
Los cierres sucesivos admiten LP adicionales, que abonan un ajuste de igualación (equalization) para situarse en pie de igualdad económica con los anteriores.
Tras el cierre final ya no pueden incorporarse inversores nuevos.
La añada (vintage) se fija habitualmente en el primer cierre, o por el año en que comienzan a devengarse las comisiones de gestión.
La mayoría de los fondos establece dos objetivos de capital:
- Soft cap: el objetivo informal de captación de la gestora.
- Hard cap: el techo escrito en la documentación del fondo, por encima del cual no se aceptan más compromisos, lo que protege de la dilución a los LP existentes.
Los fondos de inversión alternativos se distribuyen a través de tres canales:
- Captación directa entre inversores institucionales y profesionales.
- Distribución en plataformas y vehículos feeder.
- Canales de banca privada y gestión de patrimonios, donde esté permitido.
Compromisos de capital y llamadas de capital
Los LP conservan su capital comprometido hasta que el GP lo reclama, a diferencia de lo que ocurre en un fondo tradicional.
- El compromiso de capital es la obligación contractual de aportar capital al fondo hasta el importe suscrito por el inversor, tal como consta en la documentación del fondo.
- La llamada de capital (o desembolso) es la notificación formal que exige a los LP transferir una parte de su capital comprometido, habitualmente en un plazo de 10 días hábiles, para financiar una inversión concreta o cubrir gastos.
Qué es el periodo de desinversión
Terminado el periodo de inversión, el fondo pasa de invertir a desinvertir y materializar el valor de sus inversiones, con la posibilidad de reservar capital remanente para inversiones de seguimiento que protejan o hagan crecer los activos existentes.
El fondo empieza a salir de sus posiciones mediante ventas estratégicas, buyouts secundarios, ofertas públicas iniciales (IPO) o secundarios liderados por el GP.
Distribuciones y cláusulas de reinversión
Las distribuciones son transferencias de efectivo del fondo a los inversores tras una desinversión, el cobro de rentas u otros ingresos distribuibles. La devolución del capital precede al reparto de beneficios, conforme a la cascada de distribución.
Algunos fondos incluyen cláusulas de reinversión (recycling), que permiten reinvertir en operaciones nuevas los importes de una salida temprana en lugar de devolverlos de inmediato, y preservan así los recursos disponibles para invertir (dry powder) durante el periodo de inversión.
Qué es el periodo de liquidación
La fase de liquidación se abre con la disolución del fondo, habitualmente al final de su plazo de 10 años, con una o dos prórrogas anuales admitidas. Comprende la venta de los activos residuales, el pago de los pasivos, la formulación de las cuentas finales, las distribuciones a los inversores y la cancelación registral del vehículo.
Qué es la curva J
La curva J describe el patrón característico de rentabilidad de un fondo cerrado, con retornos negativos en los primeros años porque las comisiones de gestión se devengan antes de que haya inversiones, los primeros activos se valoran a coste y todavía no se ha creado ni realizado valor.
La curva pasa a positivo a medida que las inversiones maduran y se venden.
En private equity, el momento en que se devuelve el capital varía mucho según la estrategia, la añada, la gestora y las condiciones de salida. Ningún calendario único representa al conjunto de los fondos alternativos.
En qué se diferencia el ciclo de vida de los fondos evergreen y abiertos
Los fondos evergreen y abiertos operan al margen del ciclo de vida fijo, y reinvierten automáticamente los importes obtenidos en lugar de devolver capital mediante salidas.
Los inversores acceden a la liquidez a través de ventanas periódicas de reembolso, normalmente trimestrales, al valor liquidativo vigente del fondo.
Cómo funcionan las comisiones, los gastos y la economía del fondo
La economía de un fondo de inversión alternativo alinea los incentivos de la gestora con los resultados del inversor, mediante una combinación de comisiones de gestión recurrentes y carried interest ligado al rendimiento.
Las estructuras de comisiones varían según la estrategia y el tipo de fondo. El modelo 2 y 20 (2 % de comisión de gestión y 20 % de carried interest) es habitual en hedge funds y private equity sin ser universal en el conjunto de los fondos alternativos.
| Componente de comisión | Qué es | Quién lo percibe | Cuantía habitual |
|---|---|---|---|
| Comisión de gestión | Cargo operativo recurrente | Gestora | Del 1 % al 2 % anual, normalmente sobre el capital comprometido durante el periodo de inversión y, después, sobre el capital invertido o el coste pendiente, según lo que fije la documentación del fondo |
| Participación en beneficios (carried interest o carry) | Beneficio ligado al rendimiento, que se devenga según la cascada pactada | Gestora | Del 15 % al 20 % de los beneficios netos |
| Umbral mínimo de rentabilidad (hurdle rate) | Rentabilidad mínima antes de que se devengue el carry | Inversor | Del 5 % al 8 % anual cuando se expresa como TIR |
| Catch-up | Participación desproporcionada del GP en las distribuciones hasta alcanzar el reparto acordado | Gestora | Total, parcial o inexistente, según la documentación del fondo |
| Gastos del fondo | Legales, de auditoría, de administración y de operaciones | Proveedores externos | Variable |
| Clawback | Obligación de devolver el carry distribuido en exceso si el fondo tiene un rendimiento inferior al esperado en la liquidación | Inversores | Definido en la documentación del fondo |
Cascada de distribución europea y americana
Una cascada de distribución define el orden contractual y económico en que los importes de una desinversión se reparten entre los LP y el GP.
El momento en que se devenga el carry no responde a una regla universal.
En un modelo whole of fund se devenga después de devolver el capital agregado y la rentabilidad preferente. En un modelo deal by deal puede distribuirse tras cada operación, antes de la devolución global del capital, con los mecanismos de clawback correspondientes.
Los hedge funds siguen a su vez sus propios mecanismos de participación en resultados.
| Europea (whole of fund) | Americana (deal by deal) | |
|---|---|---|
| Cuándo se paga el carry | Después de devolver todo el capital y la rentabilidad preferente del conjunto del fondo | Después de que cada operación devuelva su capital y su umbral |
| Protección del LP | Mayor: no hay carry hasta la devolución íntegra, lo que reduce mucho el riesgo de sobrepagar al GP | Menor: acelera el flujo de caja del GP y eleva el riesgo de clawback |
La rentabilidad debe evaluarse siempre en términos netos de comisiones y de gastos. Las cifras brutas pueden sobrestimar de forma considerable lo que el inversor recibe en realidad, una vez deducidas las comisiones de gestión, el carried interest y los gastos del fondo.
Cómo funciona la valoración en los fondos alternativos
Los mercados privados carecen del descubrimiento continuo de precios de las bolsas, de modo que la gestora debe estimar el valor razonable, el precio hipotético que se recibiría por vender un activo en una transacción ordenada en la fecha de medición, con distintas técnicas de valoración.
Qué es el valor liquidativo
El valor liquidativo (NAV) representa el valor total de los activos del fondo menos sus pasivos y provisiones, y funciona como la medida contable principal para informar al inversor sin equivaler necesariamente a un valor de salida realizable.
Su frecuencia de cálculo varía según la estrategia: anual o trimestral en la mayoría de los fondos de mercados privados, mensual o diaria en los fondos líquidos.
Cuáles son las buenas prácticas de gobernanza en la valoración
La mejor práctica de gobernanza exige políticas de valoración formales, comités de valoración independientes, inputs de terceros para las posiciones materiales y auditoría.
Los conflictos entre el interés económico de la gestora y una valoración razonable deben gestionarse activamente, comunicarse y someterse a revisión independiente.
Qué herramientas de liquidez existen en las estructuras semilíquidas
Las condiciones de liquidez deben alinearse estrictamente con la liquidez de los activos subyacentes, para evitar la ventaja del primero en salir, cuando quien reembolsa antes lo hace a costa de los inversores que permanecen.
- Límites de reembolso (gates): limitan el porcentaje del fondo que puede reembolsarse en una ventana determinada.
- Plazos de preaviso: exigen comunicar con antelación las solicitudes de reembolso antes de tramitarlas.
- Side pockets: segregan las posiciones ilíquidas de la cartera reembolsable principal.
- Mecanismos de suspensión: permiten suspender por completo los reembolsos en periodos de tensión extrema de mercado.
Qué proveedores de servicios intervienen en el lanzamiento y la operativa de un fondo alternativo
Lanzar un fondo de inversión alternativo exige un ecosistema de proveedores de servicios independientes, con frecuencia regulados, que asegure la custodia de los activos, una valoración independiente y el cumplimiento normativo.
| Proveedor de servicios | Función | ¿Obligatorio en la UE? |
|---|---|---|
| Depositario | Custodia de activos, control de la tesorería y supervisión regulatoria. Su responsabilidad por la pérdida de instrumentos financieros en custodia admite excepciones limitadas | Obligatorio para los FIA gestionados por gestoras sujetas al régimen completo y cuando lo imponga la normativa nacional o del producto. En España, la ley lo exige, con las opciones que abre el régimen proporcionado para las gestoras por debajo de los umbrales |
| Auditor | Auditoría de las cuentas anuales y del informe anual del FIA | Obligatorio |
| Administrador del fondo | Cálculo del valor liquidativo, contabilidad y comprobaciones de prevención del blanqueo y conocimiento del cliente sobre los inversores | Estándar de mercado |
| Registro de partícipes o accionistas | Mantenimiento del registro de inversores y tramitación de las suscripciones | Estándar de mercado |
| Contabilidad del fondo | Llevanza de cuentas, imputación de gastos, cuentas anuales | Estándar de mercado |
| Asesoramiento jurídico | Constitución del fondo, redacción del LPA y del folleto informativo, trámites y comunicaciones regulatorias | Necesario para la constitución |
| Asesoramiento fiscal | Estructuración del fondo y de los activos, paquetes de información fiscal para el inversor | Muy recomendable |
| Función de cumplimiento normativo | Seguimiento continuo del cumplimiento, reporting regulatorio, supervisión de la prevención del blanqueo y del conocimiento del cliente | Función de cumplimiento exigida. El apoyo externo es opcional según el modelo operativo |
En España, buena parte de estas funciones administrativas las asume la propia sociedad gestora, de modo que resulta más preciso describirlas por la tarea que por un título profesional.
Cómo influye el domicilio del fondo en la regulación, la distribución y la fiscalidad
El domicilio del fondo determina a qué inversores puede acceder legalmente la gestora, la rapidez del lanzamiento y la eficiencia fiscal de la estructura para los participantes internacionales.
El domicilio del vehículo, el de la gestora y el del inversor son tres variables independientes. Las estructuras transfronterizas, como las máster-feeder y los fondos paralelos, existen precisamente para salvar las distancias entre ellas.
La elección de domicilio depende de cinco factores:
- La familiaridad y la aceptabilidad para la base inversora.
- El marco regulatorio y la calidad de la supervisión.
- Las vías de distribución y comercialización, incluido el pasaporte de comercialización de la UE.
- La neutralidad fiscal y el acceso a la red de convenios de doble imposición.
- La profundidad del ecosistema local de proveedores de servicios.
Por qué Luxemburgo es el principal domicilio de la UE para fondos alternativos
Luxemburgo es el mayor domicilio de fondos de Europa y un centro de referencia en la distribución transfronteriza de activos privados.
Sus marcos consolidados, en particular el régimen RAIF y la SCSp, se usan de forma extendida en estructuras alternativas transfronterizas.
En la práctica, muchos fondos de inversión alternativos utilizan una SCSp como vehículo jurídico y, cuando resulta relevante, la combinan con el régimen RAIF para acelerar el lanzamiento sin aprobación directa de producto por parte de la CSSF.
La elección final del domicilio siempre queda condicionada a la geografía de la base inversora y a los requisitos operativos del fondo.
| Indicador | Dato |
|---|---|
| Cuota del mercado de la UE | 25 % de todos los UCITS y FIA de la UE por activos netos (tercer trimestre de 2024) |
| Alcance transfronterizo | Más del 52 % de los registros globales de fondos transfronterizos a cierre de 2024 (51,3 % a cierre de 2025), según PwC Global Fund Distribution |
| Activos netos de las UCI reguladas | 6,634 billones de euros en 2.981 organismos y 13.274 unidades de fondos activas, a 31 de mayo de 2026, según la CSSF |
| Peso de los activos privados | Alrededor de 3,1 billones de euros en fondos alternativos a cierre de 2025, sobre 8,3 billones de activos gestionados en total, según el informe anual de ALFI de 2025 (fuente primaria no disponible a finales de julio de 2026, por confirmar) |
| Densidad de partnerships | Más de 12.000 SCSp constituidas, FIA y no FIA, a 30 de junio de 2025, según la LPEA |
Qué lleva a una gestora española a domiciliar en Luxemburgo
Un motivo citado por Portobello Capital es la confianza que determinados inversores internacionales depositan en los vehículos luxemburgueses, por delante de una ventaja fiscal del propio vehículo. No existe una estadística pública que permita generalizar esa motivación al conjunto de las gestoras españolas.
España ocupa el decimosexto puesto entre los países de origen de promotores extranjeros en el domicilio luxemburgués, según ALFI.
La neutralidad fiscal tiene límites. En la consulta V3089-21, referida al supuesto concreto que se le planteó, la Dirección General de Tributos consideró la SCSp una entidad en atribución de rentas, que no accede como tal al convenio entre España y Luxemburgo.
El movimiento también se produce en sentido inverso: Impact Bridge repatrió a España en 2023 un fondo de más de 100 millones de euros, según elEconomista (6 de marzo de 2023).
Contrastar el domicilio antes de fijarlo
Ninguna plaza gana en abstracto: gana la que encaja con su base inversora y con su plan de distribución. Roundtable opera estructuras luxemburguesas a diario y puede poner su proyecto frente a lo que ocurre en la práctica.
Qué documentos se necesitan para lanzar un fondo de inversión alternativo
Lanzar un fondo de inversión alternativo requiere el documento mediante el que se constituye jurídicamente el vehículo, el documento comercial de oferta que fija las condiciones de inversión, y el paquete de incorporación del inversor con las suscripciones y sus declaraciones.
Categorías de documentos esenciales
El paquete documental puede incluir, según la estructura, el régimen aplicable y la base inversora, las categorías siguientes.
| Categoría de documento | Documentos | Finalidad |
|---|---|---|
| Constitutivos | Limited partnership agreement (LPA), estatutos sociales, escritura de trust, reglamento de gestión | Crea el vehículo jurídico y define la gobernanza, la economía y los derechos de todas las partes |
| Documento de oferta (no siempre obligatorio) | Folleto informativo (private placement memorandum, PPM) o prospecto | Estrategia de inversión, condiciones, riesgos y proveedores de servicios |
| Incorporación del inversor | Boletín de suscripción, cuestionario del inversor, side letters, cláusulas o acuerdos de nación más favorecida (MFN) | Compromisos de capital, elegibilidad del inversor, declaraciones, prevención del blanqueo, conocimiento del cliente y estatus fiscal |
| Gestora y gobernanza | Contrato de gestión o de asesoramiento y contratos de delegación, si procede | Definen la relación jurídica entre el fondo y su gestora |
| Políticas operativas | Gestión de riesgos, valoración, conflictos de interés e integración ESG | Cumplimiento de la directiva europea |
| Contratos con proveedores | Contrato de depositario, de administración del fondo, de registro de partícipes, de auditoría y de agente de pagos | Custodia de activos, cálculo del valor liquidativo, auditoría, distribución |
El documento de datos fundamentales (KID) de PRIIPs debe elaborarse y entregarse antes de que un PRIIP se ponga a disposición o se venda a inversores minoristas en la UE. En España, la ley lo exige además antes de la suscripción para los inversores no profesionales de las vías descritas más arriba.
En el derecho español, las ECR y las EICC deben además elaborar un folleto informativo con anterioridad a su inscripción en el registro correspondiente de la CNMV.
Documentos de reporting al inversor
Una vez operativo el fondo, la gestora informa a los inversores con periodicidad regular para asegurar la transparencia y el seguimiento de la rentabilidad:
- Estados de cuenta de capital.
- Cartas al inversor y actualizaciones de cartera.
- Cuentas anuales auditadas.
Cuánto tarda en lanzarse un fondo de inversión alternativo
El plazo va de unas semanas a más de 18 meses, y depende de dos variables: si la gestora necesita autorización o puede apoyarse en un AIFM ya licenciado, y si el producto exige aprobación regulatoria previa o puede lanzarse bajo un modelo de supervisión indirecta.
| Vía | Plazo | Descripción |
|---|---|---|
| Más rápida | 4 a 12 semanas | El sponsor utiliza un AIFM de terceros y una estructura existentes, sin aprobación previa de producto |
| Intermedia | 3 a 6 meses | Se necesita autorización de producto, y la gestora ya está autorizada o hay un AIFM de terceros en su lugar |
| Más larga | 12 a 18 meses o más | Constitución y autorización de una gestora nueva, además de la construcción de un producto regulado |
Los plazos de esta tabla son valores orientativos de práctica de mercado, no plazos regulatorios ni contractuales.
Qué significa realmente que un fondo esté lanzado
La palabra «lanzamiento» agrupa cinco hitos distintos, que rara vez coinciden en el tiempo: la constitución jurídica del vehículo, su inscripción o autorización cuando el régimen la exige, el momento en que la gestora puede comercializar, el primer cierre y la puesta en marcha operativa completa.
Un fondo de inversión alternativo está operativo cuando se cumplen estas condiciones:
- La constitución jurídica está completa y los documentos están firmados.
- Las cuentas bancarias y los controles de tesorería están activos.
- Los proveedores de servicios están contratados y operativos.
- Los ciclos de prueba operativos (suscripciones, valor liquidativo, reporting) están listos.
- La mecánica del primer cierre está preparada: proceso de llamadas de capital, registro de inversores y cadencia de reporting.
Del papel al primer cierre
Constitución, cuentas, proveedores y mecánica de llamadas de capital: Roundtable coordina esa cadena y la deja operativa. Su tiempo se queda donde hace falta, en captar capital.
Cómo se compara la rentabilidad entre tipos de fondos alternativos
Comparar la rentabilidad de fondos de inversión alternativos exige emplear múltiplos basados en flujos de caja (TVPI y DPI) junto con la TIR, para incorporar la iliquidez estructural y los efectos de calendario de los activos de mercados privados.
Los índices de referencia resultan estructuralmente imperfectos para los alternativos, porque los índices de mercados cotizados tradicionales no capturan el calendario, el apalancamiento ni los riesgos específicos de las estrategias de mercados privados.
| Métrica | Nombre completo | Finalidad | Limitación principal | Se aplica a |
|---|---|---|---|---|
| TIR | Tasa interna de retorno | Mide la rentabilidad anualizada teniendo en cuenta el momento y la magnitud de los flujos de caja del fondo | Sensibilidad al momento de las primeras distribuciones | Mercados privados |
| DPI | Distribuciones realizadas (Distributions to Paid-In) | Mide el efectivo realizado devuelto al inversor | Ignora el valor no realizado | Mercados privados |
| RVPI | Valor residual sobre capital desembolsado (Residual Value to Paid-In) | Mide el valor no realizado, sobre papel | Sujeta a la subjetividad de la valoración | Mercados privados |
| TVPI | Múltiplo de capital invertido (Total Value to Paid-In) | Mide el múltiplo global del fondo (DPI más RVPI) | Mezcla valor realizado y no realizado | Mercados privados |
| PME | Equivalente de mercado cotizado (Public Market Equivalent) | Compara la rentabilidad con un índice de mercado cotizado | La elección del índice determina el resultado | Mercados privados |
| Ratio de Sharpe | Rentabilidad ajustada al riesgo | Rentabilidad por unidad de volatilidad | Menos significativa en activos ilíquidos | Hedge funds y alternativos líquidos |
| Máxima caída | Mayor caída desde un máximo hasta el mínimo posterior (max drawdown) | Magnitud del riesgo a la baja | Histórica, no predictiva | Hedge funds y alternativos líquidos |
Los índices de referencia en los mercados privados
- La dispersión de rentabilidad entre gestoras o fondos comparables, medida entre el primer y el último cuartil, es amplia en los mercados privados, lo que hace más significativa la comparación con pares que con un índice.
- El momento de la añada afecta de forma notable a la rentabilidad, con independencia de la calidad de la gestora.
- El apalancamiento y las condiciones de liquidez difieren entre fondos de un modo que dificulta comparar las cifras de rentabilidad anunciadas sin normalizarlas.
Qué riesgos debe entender el inversor antes de invertir en fondos alternativos
Invertir en fondos de inversión alternativos exige aceptar un perfil de riesgo distinto, que se desplaza del riesgo de mercado (beta) hacia el riesgo específico de la gestora y el riesgo operativo, donde la complejidad estructural y la iliquidez se intercambian por el potencial de sobrerrentabilidad (alfa).
| Categoría de riesgo | Factores clave | Impacto potencial en el inversor |
|---|---|---|
| Mercado y estrategia | Momento del ciclo, concentración, sensibilidad macroeconómica | Riesgo idiosincrático si un único activo falla |
| Apalancamiento y refinanciación | Mecánica de las garantías, coste de la deuda | El apalancamiento amplifica las rentabilidades y magnifica las pérdidas. La subida de tipos genera riesgo de refinanciación o ajustes de garantías |
| Liquidez | Bloqueos largos, descuentos en el mercado secundario | Iliquidez: en algunos entornos de mercado, las salidas por secundario se producen con descuento sobre el valor liquidativo |
| Valoración y transparencia | Inputs de nivel 3 basados en modelos, retraso en la información | Las estimaciones subjetivas de valor razonable pueden no reflejar los precios de salida, y los datos de rentabilidad llegan con frecuencia con un trimestre de retraso |
| Gestora y gobernanza | Riesgo de persona clave, conflictos de interés | La salida de una persona clave puede suspender la actividad inversora |
| Legal, regulatorio y fiscal | Complejidad transfronteriza, cambios normativos | Obligaciones de identificación y declaración de los inversores (FATCA), que pueden derivar en una retención sobre determinados pagos de fuente estadounidense en caso de incumplimiento, y cambios normativos como los de la revisión de la AIFMD |
El estado de la revisión de la AIFMD
Una revisión aprobada en 2024 modificó la directiva en materia de concesión de préstamos, herramientas de gestión de la liquidez, delegación, depositario y obligaciones de información. Su plazo de transposición nacional venció el 16 de abril de 2026.
En España, el Consejo de Ministros aprobó el 24 de marzo de 2026 un anteproyecto que modifica la ley de capital-riesgo, en particular sobre los fondos que conceden préstamos, sometido a audiencia pública hasta el 30 de abril de 2026.
A 31 de julio de 2026 la transposición no estaba adoptada: el estado debe verificarse en la fecha de consulta de esta página.
Qué consideraciones fiscales y de estructuración importan
Esta sección ofrece una visión general de alto nivel y no constituye asesoramiento fiscal ni jurídico. Conviene consultar siempre a asesores cualificados para cada situación concreta.
El tratamiento fiscal depende de quién es el inversor, de dónde está localizado y de cómo se estructuran el fondo y sus activos. Un mismo fondo puede producir rentabilidades después de impuestos distintas para inversores con intereses económicos idénticos.
- Inversores personas físicas: en determinadas jurisdicciones pueden acceder a tipos reducidos sobre las plusvalías a largo plazo y sobre los dividendos societarios.
- Inversores personas jurídicas: habitualmente tributan por el impuesto sobre sociedades por su parte de las rentas y plusvalías del fondo.
- Entidades exentas: los planes de pensiones, las fundaciones y los endowments no suelen estar sujetos al impuesto sobre la renta, aunque pueden enfrentarse al Unrelated Business Taxable Income (UBTI) en Estados Unidos.
España cuenta con un régimen fiscal específico para las entidades de capital-riesgo en el Impuesto sobre Sociedades, con exenciones parciales sobre determinadas plusvalías y sujeto a requisitos de plazo de tenencia. Su aplicación depende del tipo de renta, del periodo de tenencia y de la situación del inversor: conviene contrastarlo con un asesor fiscal antes de estructurar.
Los fondos alternativos suelen emitir paquetes anuales de información fiscal para los inversores. Los plazos y los formatos varían según la jurisdicción.
Acompañamiento durante todo el ciclo
Desde la primera conversación sobre la estructura hasta las operaciones recurrentes años después, Roundtable acompaña a gestores y sponsors europeos en cada etapa del vehículo. Cuéntenos en qué punto está su proyecto.
Roundtable EuVECA Manager Lux S.à r.l., gestora EuVECA registrada (CSSF A3650)
Textos de referencia
Estos son los textos y las fuentes en los que se apoya esta página, con su denominación oficial y el enlace a su versión consolidada o auténtica.
Derecho de la Unión Europea
- Directiva 2011/61/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los gestores de fondos de inversión alternativos (AIFMD): en particular sus arts. 21 y 22.
- Directiva 2009/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se coordinan las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas sobre determinados organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM, o UCITS).
- Reglamento (UE) n.º 345/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los fondos de capital riesgo europeos (EuVECA, FCRE en derecho español): en particular su art. 6.
- Reglamento (UE) n.º 346/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los fondos de emprendimiento social europeos (EuSEF, FESE en derecho español).
- Reglamento (UE) 2015/760 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los fondos de inversión a largo plazo europeos (ELTIF, FILPE en derecho español).
- Reglamento (UE) 2023/606, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2015/760 (ELTIF 2.0).
- Directiva (UE) 2019/1160, en lo que respecta a la distribución transfronteriza de organismos de inversión colectiva.
- Directiva (UE) 2024/927, por la que se modifica la Directiva 2011/61/UE, revisión de la AIFMD.
Derecho español
- Ley 22/2014, de 12 de noviembre, por la que se regulan las entidades de capital-riesgo, otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado y las sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado: preámbulo y arts. 3.4, 4.4, 4 bis, 5.1, 9.1, 26.3, 31.1, 38.2, 40 bis, 41, 45.1, 50, 58.1, 72, 74 bis, 75.1 a 75.6, 75 bis y 76 a 80 bis.
- Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva: art. 33 bis.
- Real Decreto 1082/2012, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de instituciones de inversión colectiva: art. 73.
- Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas: art. 17, y en particular su apartado 17.
- Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión: arts. 193 a 195 y disposición final 9.9.
- Real Decreto 813/2023, de 8 de noviembre, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión: arts. 112 y 113.
- Real Decreto 1180/2023, de 27 de diciembre, por el que se modifican el Real Decreto 948/2001, de 3 de agosto, sobre sistemas de indemnización de los inversores, y el Reglamento de desarrollo de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de instituciones de inversión colectiva, aprobado por el Real Decreto 1082/2012, de 13 de julio: apartados 6 a 9 del art. 73 del Reglamento de desarrollo.
- Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre, de transposición de directivas de la Unión Europea: art. 63.1.
- Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades: art. 50.
Fuentes oficiales y sectoriales
- CNMV: fondos de inversión y otros vehículos, información al inversor.
- CNMV: funciones y competencias.
- CNMV: registro público de entidades de capital riesgo.
- SpainCap: qué es el capital privado.
- Funds Society, con datos de ALFI sobre los motivos de las gestoras nacionales para domiciliar en Luxemburgo.
Esta página tiene finalidad exclusivamente informativa y divulgativa. No constituye asesoramiento jurídico, fiscal ni financiero, ni una recomendación de inversión, ni una oferta o invitación para suscribir o adquirir participaciones de ningún fondo. La normativa aplicable a los fondos de inversión alternativos evoluciona, y su aplicación depende de cada estructura, jurisdicción y situación concreta. Antes de tomar cualquier decisión conviene consultar a asesores jurídicos, fiscales y financieros cualificados y contrastar la información con las fuentes oficiales vigentes.

